CCOO solicita a los grupos parlamentarios y al ministro de Justicia que todas las reformas legales que afectan al Registro Civil entren en vigor al mismo tiempo


3 may 2017



CCOO SOLICITA A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DEL SENADO Y AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE SE PRESENTEN ENMIENDAS A LA PROPOSICIÓN DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA PARA RETRASAR LA ENTRADA EN VIGOR DE LAS MODIFICACIONES EN MATERIA DE EXPEDIENTES MATRIMONIALES HASTA LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 20/2011 DE REGISTRO CIVIL

CCOO ya solicitó al Ministerio de Justicia la prórroga de la entrada en vigor de dichas disposiciones el pasado 17 de abril, sin que haya recibido respuesta.

CCOO hace un llamamiento a todo el personal de la Administración de Justicia para no permitir la pérdida de competencias de los Registros Civiles y recuperar las competencias ya suprimidas.

CCOO ha presentado en el día de hoy cartas dirigidas a los Grupos Parlamentarios en el Senado, así como al Ministerio de Justicia, para que en la Proposición de Ley de modificación de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria que se va a iniciar en el Senado se presenten enmiendas para que la entrada en vigor de las disposiciones incluidas en dicha Ley relativas al expediente previo de matrimonio civil, que supondrían la pérdida de competencia de los Juzgados de Paz para su tramitación así como la competencia concurrente de los Notarios para su tramitación, se retrase hasta la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de Registro Civil, cuya vacatio legis se pretende ampliar, según lo manifestado por el Ministro de Justicia el pasado mes de marzo ante las organizaciones sindicales.

CCOO presentó el pasado 17 de abril una carta al Ministerio de Justicia en la que se solicitaba, entre otras medidas, la prórroga de la vacatio legis establecida en los puntos 3, 4 y 5 de la Disposición Final Vigésima de la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria, en materia de competencia para la tramitación de actas y expedientes previos a matrimonio civil, sin que el Ministerio haya dado respuesta a dicha carta.

Por ello, faltando menos de dos meses para la entrada en vigor de la reforma en materia de expedientes de matrimonio civil, y dado que existe ya en el Senado una Proposición de Ley de modificación de la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria, relativa a dos artículos del Código civil y de la Ley 20/2011 de Registro Civil sobre expedientes de matrimonio en caso de personas con discapacidad cuya entrada en vigor está prevista para el 30 de junio de 2017, CCOO ha solicitado formalmente a los Grupos Parlamentarios en el Senado la presentación de enmiendas a dicha Proposición de Ley para que se incluya la prórroga de la vacatio legis de los apartados 3, 4 y 5 de la Disposición Final Vigésima de la Ley 15/2015 hasta la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de Registro Civil.

La citada Disposición Final Vigésima estableció que toda la reforma en materia de expedientes previos al matrimonio civil incluidos en la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria entrase en vigor el 30 de junio de 2017, la misma fecha en que iba a entrar en vigor la citada Ley 20/2011 de Registro Civil. Para CCOO la vinculación entre la entrada en vigor de los preceptos relativos al Expediente y Actas previas al matrimonio civil y la de la Ley 20/2011, de Registro Civil, es obvia, pues de otra forma los artículos a que hacen referencia los apartados 3, 4 y 5 de la Disposición Final Vigésima de la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria habrían entrado en vigor al tiempo que el resto de dicha Ley, como ya hicieron la gran mayoría de artículos del Código Civil modificados por la misma, entre ellos algunos tan significativos como los que permiten que los Letrados de la Administración de Justicia y los Notarios puedan en determinadas circunstancias decretar la separación o el divorcio de matrimonios.

Ante el anuncio del Ministerio de Justicia de prorrogar la vacatio legis de la Ley 20/2011, de Registro Civil, uno o dos año más, CCOO considera que en coherencia debe igualmente prorrogarse la vacatio legis de los artículos del Código Civil y la propia Ley 20/2011, relativos a los expedientes de matrimonio civil, incluidos en la Ley de Jurisdicción Voluntaria y cuya entrada en vigor está prevista para el 30 de junio de 2017.

Si ello no fuera así, si entrasen en vigor las reformas del Código Civil y de la Ley 20/2011 de Registro Civil introducidas en la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria, pero no el resto de la propia Ley 20/2011, de Registro Civil, se podría producir la pérdida de competencias de los Juzgados de Paz para tramitar dichos expedientes; en los Registros Civiles serían competentes para tramitar los expedientes previos al matrimonio civil tanto el Juez Encargado de Registro Civil como el Letrado de la Administración de Justicia, insólito supuesto en que dos funcionarios de una misma oficina judicial tendrían una competencia concurrente para una actuación procesal o administrativa; los Encargados de Registro Civil no podrían celebrar matrimonios, pero sí los Letrados de la Administración de Justicia destinados en dichas Oficinas, en contra de lo dispuesto en la Ley de Registro Civil de 8 de junio de 1957; no cabría que el Letrado de la Administración de Justicia destinado en un Registro Civil celebrase los matrimonios autorizados por expediente resuelto por el Encargado del mismo Registro Civil; y lo que es más grave: los Notarios también tendrían competencia para tramitar los expedientes de matrimonio civil, lo que supone a juicio de CCOO una intolerable privatización de un trámite que debe ser realizado en exclusiva por los Registros Civiles.

CCOO rechaza que los Notarios puedan tener competencias en materia de tramitación de los expedientes previos al matrimonio civil, tal y como puso de manifiesto al Ministerio en su proyecto presentado en el mes de febrero. Ante la falta de presentación por parte del Ministerio de Justicia de un proyecto de reforma de la Ley 20/2011 CCOO entiende que hasta la negociación y entrada en vigor de dicha norma deben paralizarse cuantas actuaciones puedan suponer pérdida de competencias de los Registros civiles o privatizaciones de trámites registrales, como lo sería la tramitación de actas previas al matrimonio civil por los Notarios.

CCOO hace un llamamiento a todo el personal de la Administración de Justicia para impedir la entrada en vigor de cualquier medida privatizadora de nuestra administración o la pérdida de competencias de cualquier órgano judicial como son los Juzgados de Paz, debiéndose recuperar competencias perdidas como la instrucción de los expedientes de nacionalidad.

El Ministerio de Justicia debe dar respuesta inmediata a nuestras reivindicaciones, y, en caso contrario, CCOO promoverá movilizaciones, junto al resto de los sindicatos si así lo consideran oportuno, en defensa del Registro Civil totalmente público y gratuito con el mantenimiento de todas las oficinas actuales y todos los puestos de trabajo.

CARTA AL MINISTRO DE JUSTICIA

CARTA A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DEL SENADOremitido a los Grupos:Popular, Socialista; Unidos Podemos-En Comú Podem- En Marea; Esquerra Republicana; Vasco (PNV) y Mixto Imprimir artículo