CCOO exige sustanciales rectificaciones al borrador de acuerdo sobre sustituciones de Auxilio Judicial


29 may 2014



  • La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia nos ha remitido borrador de Resolución de sustituciones horizontales del Cuerpo de Auxilio de Badajoz, tras la reunión celebrada el pasado 13 de mayo
  • CCOO exige rectificaciones en el borrador remitido por el Ministerio de Justicia porque incluye algunos apartados inaceptables
  • CCOO ha presentado alegaciones a este borrador: las tareas obligatorias en las sustituciones únicamente deben referirse a aquellas actuaciones de carácter urgente además del abono de la sustitución en ningún caso puede estar ligado a la prolongación de jornada

CCOO venía demandando desde al menos el año 2003 que las sustituciones horizontales se regularan de forma que fueran siempre voluntarias y retribuidas. Este borrador, si bien establece estos dos requisitos que llevamos años demandando, mantiene en su redacción algunas cuestiones inaceptables para CCOO.

CCOO nada más recibir el borrador del Ministerio de Justicia, ha remitido a la Dirección General las siguientes alegaciones, exigiendo que las incluya todas en el texto definitivo y se modifique el borrador:

1.- Deben incluirse todos los órganos judiciales de la ciudad de Badajoz en la bolsa para las sustituciones voluntarias del cuerpo de Auxilio Judicial. CCOO ha trasladado que no acepta que se excluyan algunos órganos, más cuando el Ministerio de Justicia argumenta que crea una bolsa de órganos unipersonales de la ciudad de Badajoz. 

No sabemos a qué responde, por ejemplo, la exclusión de los Juzgados de Vigilancia, del Decanato o de la Fiscalía. El Ministerio ha excluido también a los Juzgados de Instrucción, al considerar que no es compatible estar de guardia con realizar una sustitución.

2.- CCOO exige que el texto recoja expresamente que las sustituciones se realizarán únicamente para las actuaciones de carácter urgente, y es meridiano para CCOO que solo son de este tipo, las vistas y los procedimientos con preso. 

El Ministerio de Justicia no puede obligar a que en las sustituciones se tengan que realizar tareas que no sean urgentes, porque además de la sustitución se están realizando las tareas propias del Juzgado de destino.

3.- El pago de las sustituciones no puede estar ligado de ninguna manera a la prolongación de jornada, que debe desaparecer del texto en todos los apartados en que se nombra este concepto. 

Para CCOO el pago debe realizarse por hacer la sustitución y en horario de jornada normal de trabajo, nunca en jornada superior o con prolongación de jornada.

4.- El Ministerio de Justicia debe adquirir en la propia resolución el compromiso de extender este régimen de sustituciones voluntarias y retribuidas a todo el ámbito no transferido.
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