Oposiciones. Secretarios. Programas de acceso y baremo de la fase de concurso para promoción interna


27 oct 2011


En el Boletín Oficial del Estado número 259, de 27 de octubre de 2011, se publica la Orden del Ministerio de Justicia, JUS/2878/2011, de 19 de octubre, por la que se modifica la Orden JUS/2250/2006, de 3 de julio, por la que se publican los programas de acceso al Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como baremo de la fase de concurso para los aspirantes de acceso por promoción interna.



MINISTERIO DE JUSTICIA

Cuerpo de Secretarios Judiciales
  • Orden JUS/2878/2011, de 19 de octubre, por la que se modifica la Orden JUS/2250/2006, de 3 de julio, por la que se publican los programas de acceso al Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como baremo de la fase de concurso para los aspirantes de acceso por promoción interna.



Texto

El Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, establece las normas básicas que han de regir las convocatorias de procesos selectivos de acceso al Cuerpo de Secretarios Judiciales, determinando que con carácter previo a la convocatoria de éstos debe hacerse público el Programa de materias a las que se ajustarán.

El programa actualmente vigente fue aprobado por ORDEN JUS/2250/2006, de 3 de julio, sin modificación alguna desde entonces. Sin embargo, el desarrollo reciente de políticas públicas tendentes a favorecer la igualdad efectiva de mujeres y hombres, evitar la discriminación por razón de sexo y la igualdad de trato en el ámbito jurídico laboral, así como de integración en nuestra sociedad de personas con discapacidad, debe tener reflejo entre los contenidos de aquellos programas. Igualmente, es también oportuno establecer una precisión que identifique como mérito evaluable en la promoción interna el conocimiento de idiomas extranjeros, evitando con ello la indeterminación hasta ahora existente, que conduce al error de considerar dentro de este baremo a las lenguas cooficiales en Comunidades Autónomas que compartan este carácter con el castellano.

Por ello, oído el Centro de Estudios Jurídicos, y vista la Ley orgánica del Poder Judicial y el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, este Ministerio acuerda:

Primero.

Modificar los Anexos I, II y III de la ORDEN JUS/2250/2006, de 3 de julio, que aprueba los programas de la oposición para acceso al Cuerpo de Secretarios Judiciales por el sistema de oposición libre y concurso-oposición, así como la graduación de puntuaciones de méritos en fase de concurso para la promoción interna, en los siguientes particulares:

1. El tema 22 del primer ejercicio, apartado B) Derecho constitucional, del Anexo I del Programa de Oposición, acceso libre, quedará redactado del siguiente modo:

«Tema 22. Los Derechos humanos en el ámbito universal europeo y español. El artículo 14 de la Constitución española. Políticas públicas: La no discriminación por razón de sexo; la igualdad de sexo en el ámbito jurídico laboral; la conciliación familiar.

Políticas sociales de igualdad de género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.»

2. El tema 13 del primer ejercicio, apartado B) Derecho comunitario, del Anexo II del Programa de Oposición, promoción interna, quedará redactado del siguiente modo:

«Tema 13: Los Derechos humanos en el ámbito universal europeo y español. El artículo 14 de la Constitución española. Políticas públicas: La no discriminación por razón de sexo; la igualdad de sexo en el ámbito jurídico laboral; la conciliación familiar.

Políticas sociales de igualdad de género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.»

3. El subapartado 1.5 del Anexo III, que establece el baremo para evaluar los méritos en fase de concurso en el acceso por promoción interna quedará redactado del siguiente modo:

«1.5 Conocimientos de idiomas extranjeros. Se valorará la acreditación del nivel de conocimiento alcanzado, obtenida en centros oficiales u homologada por estos, graduándose en elemental, medio y avanzado (0.25, 0.50 y 0.75 puntos respectivamente), hasta un máximo total de 1 punto.»

Segundo.

Contra la presente Orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Justicia en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso–administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses; en ambos casos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 19 de octubre de 2011.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre) el Secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno.




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