Propuesta de nueva orden de
selección de personal interino para los cuerpos generales de la Administración de
Justicia del ámbito no transferido
duro castigo del ministerio de justicia al personal interino con
experiencia.
Una bolsa “especial” para Gestión, Tramitación y
Auxilio (dejando fuera a los cuerpos de Letrados, Médicos Forenses y Especiales
del INT); la preferencia absoluta de quienes hayan aprobado exámenes de la
oposición frente al resto, y un durísimo régimen disciplinario, dejando en
manos de los Letrados de la
Admón. de Justicia la evaluación de la capacidad del
personal, son las principales novedades de la propuesta del Ministerio que CCOO rechaza con toda rotundidad.
CCOO rechaza de
plano que el Ministerio de Justicia pretenda hacer una modificación radical del
sistema de selección, nombramiento y cese del personal interino por la vía de
urgencia, y exigirá un negociación pausada y en profundidad de la nueva
regulación basada en los principios irrenunciables de igualdad de derechos del
personal interino y titular (salvo la fijeza en el puesto de trabajo) y el
equilibrio entre los derechos de quienes han superado ejercicios de las
oposiciones y quienes tienen experiencia previa en la Administración de
Justicia.
BORRADOR ORDEN INTERINOS ENTREGADO POR EL MINISTERIO
ORDEN VIGENTE DEL PERSONAL INTERINO DE 2005
ORDEN VIGENTE DEL PERSONAL INTERINO DE 2005
PRINCIPALES
PROPUESTAS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
La nueva orden
solo regulará al personal interino de los cuerpos de Gestión, Tramitación y
Auxilio; el resto de cuerpos seguirá rigiéndose por la regulación actual.
La vigencia de las bolsas será de un año,
prorrogable por otro, salvo que se agoten antes.
Habrá dos
secciones en la bolsa de trabajo: la primera y preferente con quienes hayan
superado alguno de los ejercicios de las dos últimas convocatorias de Oferta de
Empleo Público (que se puede convertir en requisito excluyente en la práctica)
y la segunda con quienes tengan más de tres años de experiencia o hayan
obtenido como mínimo en el primer ejercicio de dichas convocatorias de
oposiciones una puntuación equivalente al 50% de la máxima posible. Solo se
utilizará la sección segunda de la bolsa cuando esté agotada la sección
preferente y quienes no cumplan alguno de estos tres requisitos quedarán
excluidos de la bolsa.
Para la bolsa de tramitación se deberá
acreditar, además, experiencia práctica en mecanografía o en medios ofimáticos.
En la sección
preferente el único mérito que se valorará para la ordenación será la
puntuación en las pruebas de acceso.
En la sección
segunda, los méritos valorables serán la experiencia hasta un máximo de 15
puntos (equivalentes a 4 años y 8 meses como máximo) y la formación (haber
superado el 50% de la puntuación máxima en las oposiciones y titulaciones
académicas por encima de las exigidas para el ingreso en el cuerpo) hasta un
máximo también de 15 puntos.
Se podrá nombrar nuevamente al mismo
interino o a la misma interina cesados/as si se produce un nuevo nombramiento
en el mismo centro de trabajo en el plazo máximo de dos meses.
Se podrá renunciar por una sola vez
durante la vigencia de la bolsa al primer puesto de trabajo ofertado.
En las plazas de refuerzo que se
consoliden en plantilla se mantendrá a la misma persona interina.
En los cuerpos de Gestión y Tramitación
(no en el de Auxilio) se realizarán cursos de formación personalizados en la
propia oficina de destino para quienes no tengan experiencia previa.
Quienes
carezcan de un mínimo de experiencia de seis meses serán nombrados funcionarios
interinos en prácticas durante los primeros seis meses, tras los cuales, el
jefe funcional de la oficina emitirá un informe. Si el informe es negativo no
se podrá volver a trabajar en esa oficina y en el siguiente nombramiento
volverán a nombrarse “en prácticas”. En el caso de nuevo informe negativo se
procederá a la expulsión de la bolsa de trabajo. Para el caso de las personas
nombradas a través de los servicios públicos de empleo (por agotamiento de las
bolsas) el primer informe negativo supondrá la imposibilidad de volver a ser
nombradas.
“Por
rendimiento insuficiente” o por “evidente falta de capacidad” se producirá el
cese o la exclusión de la bolsa. En estos casos se iniciará un expediente
contradictorio por el responsable funcional de la oficina que se resolverá por la Gerencia Territorial.
Se procederá
al cese y exclusión de la bolsa de trabajo de quienes sean sancionados por
falta grave o muy grave.
Podrá solicitarse el traslado de una
bolsa a otra dentro del ámbito competencial del Ministerio de Justicia.
En CCOO
estamos preparando duras y contundentes alegaciones a la propuesta del
ministerio porque no vamos a permitir ninguna discriminación ni restricción de
derechos a los compañeros y a las compañeras interinos/as y porque para CCOO tanto la experiencia como los exámenes aprobados
deben valorarse de manera muy importante para las bolsas de trabajo, lo que el
Ministerio impide con esta propuesta.
Al mismo tiempo seguiremos
exigiendo la convocatoria de ofertas de empleo público que contengan la
totalidad de las plazas vacantes y el concurso-oposición como sistema de acceso
para que al personal interino les sea reconocido como mérito de acceso el
tiempo de servicios prestados a la Administración de Justicia.
CCOO seguirá exigiendo por todos los medios que se recupere, como
mínimo, el 50% de las plazas para promoción interna que nos fue arrebatado por
una reforma injusta de la LOPJ
que solo CCOO combatió y de la que ahora
empiezan a comprobarse sus nefastos resultados