- La propuesta de CCOO de eliminar las diferencias retributivas por grupos de población tiene que ser aceptada por el Ministerio de Justicia y apoyada por el resto de sindicatos
EL
MINISTERIO DE JUSTICIA PACTA CON JUECES Y FISCALES LA SUBIDA SALARIAL EN LOS
GRUPOS DE POBLACIÓN CON MENOR RETRIBUCIÓN Y SIGUE NEGÁNDOSE A HACER LOS MISMO
CON EL RESTO DE CUERPOS GENERALES Y ESPECIALES
Esta
subida salarial de jueces y fiscales se costeará con cargo a los fondos
adicionales, pendientes de repartir entre Letrados y demás cuerpos generales y
especiales de la Administración de Justicia, y por ello CCOO seguimos defendiendo que se utilicen estos fondos para la
eliminación de estas injustas diferencias salariales.
Asociaciones profesionales de las carreras judicial y fiscal y Ministerio de Justicia firmaron ayer un acuerdo para que se destine el 0,2% de la masa salarial (fondos adicionales) al incremento de las retribuciones de estos cuerpos en las poblaciones más pequeñas.
Esta medida es idéntica a la que CCOO venimos planteando en las negociaciones de los fondos adicionales para el resto de cuerpos de la Administración de Justicia.
Incomprensiblemente, para el ministerio, lo que vale para unos cuerpos
no vale para el resto y sigue sin aceptar nuestra propuesta. Y lo que para CCOO es más incomprensible aun, el resto de sindicatos
de ámbito estatal de la administración de justicia tampoco apoyan esta
propuesta, lo que sirve al ministerio de excusa para no aceptarla.
La propuesta de CCOO se concreta para cuerpos generales y especiales del INT en la eliminación del grupo IV (Juzgados de Paz) y Grupo III con los fondos adicionales de 2018 (lo mismo que se ha hecho para el grupo V de jueces y fiscales), y eliminación del Grupo II con los fondos adicionales de 2019 y 2020 (que ya están pactados por CCOO en la Mesa General de negociación de las Administraciones Públicas). Y lo mismo para una eliminación paulatina en esos tres años de los grupos de población de Letrados/as.
Para ello basta con reformar los reales decretos que regulan nuestras retribuciones, incorporando al Grupo I a todas las localidades de los grupos IV, III y II del ámbito no transferido y permitiendo esta misma incorporación en las Comunidades Autónomas según lo vayan acordando con las organizaciones sindicales. Imprimir artículo