¿Qué hacer en caso de contagios probables, posibles o confirmados en el centro de trabajo?


27 mar 2020



CCOO INFORMA

CÓMO ACTUAR EN LOS CENTROS DE TRABAJO
DE JUSTICIA EN CASOS DE CONTACTO CON PERSONAS
QUE DE FORMA PROBABLE O CONFIRMADA HAYAN
SUFRIDO EL CONTAGIO DE CORONAVIRUS

Desde ayer, 26 de marzo, está actualizado el PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL SARS-CoV-2.

En ese documento vienen recogidas algunas actuaciones de obligado cumplimiento en cuanto al seguimiento y manejo de las personas que trabajan para operadores críticos de servicios esenciales, además del sector sanitario, caso en el que se encuentra el personal de la Administración de Justicia que atiende los servicios esenciales.

En la Administración de Justicia “se considera contacto estrecho el de cualquier trabajador que proporciona atención o cuidados a un caso probable o confirmado sintomático. Asimismo, el de cualquier trabajador que esté en el mismo lugar y una distancia menor de 2 metros que un caso probable o confirmado sintomático (ej. visitas, reuniones/viaje de trabajo)” según dispone la RESOLUCIÓN DEL MINISTRO DE JUSTICIA SOBRE SEGURIDAD LABORAL DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DURANTE LA PANDEMIA COVID-19

Se consideran como contacto casual el resto de las situaciones.

¿Qué hacer en caso de contacto casual o estrecho?

1. Contacto casual con caso posible, probable o confirmado de COVID-19. Continuará con la actividad laboral normal y se realizará vigilancia pasiva de aparición de síntomas.

2. Contacto estrecho con caso posible, probable o confirmado de COVID-19. Se retirará a la persona trabajadora de la actividad laboral y realizará cuarentena domiciliaria durante 14 días con vigilancia activa de los síntomas. Se valorará la realización a los 7 días de un test diagnóstico por PCR. En caso de que la PCR sea negativa podrá reincorporarse a la actividad profesional.

Se extremarán las medidas de higiene personal.


¿Cómo debe actuar el personal con síntomas?

Si la persona trabajadora presenta síntomas compatibles con una infección respiratoria aguda, se colocará una mascarilla quirúrgica y se retirará de su actividad profesional. Se realizará la detección de infección por SARS-CoV-2 (test) transcurridas entre 48-72 horas.

  • En caso de que el resultado sea negativo podrá reincorporarse a la actividad profesional.
  • Si el resultado es positivo y la sintomatología no requiere hospitalización, se realizará cuarentena domiciliaria de 14 días. Se valorará por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales la realización a los 7 días del test de diagnóstico.

En caso de que el resultado del test sea negativo podrá reincorporarse a la actividad profesional.


INSISTIMOS EN QUE ESTAS MEDIDAS SON DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Y DEBEMOS EXIGIRLAS A LAS PERSONAS RESPONSABLES DE CADA CENTRO DE TRABAJO

SI SE NIEGAN A CUMPLIRLAS DEBES PONERTE EN CONTACTO INMEDIATAMENTE CON LOS/AS DELEGADOS/AS DE PREVENCIÓN DE TU PROVINCIA




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